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Creación de una tienda Online

Ayuda/subvención para crear una página web. Principado de Asturias

Hoy os traemos un resumen de la convocatoria de subvenciones para la mejora de la competitividad, innovación y digitalización del pequeño y mediano comercio del Principado de Asturias.

Esta ayuda se podrá solicitar hasta el 17 de Agosto de 2021.

Dicho esto, empecemos:

Resumen de la convocatoria:

Beneficiarios.

Personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que tengan la consideración de pymes comerciales, que realicen su actividad en establecimientos comerciales ubicados en Asturias.

Quedan expresamente excluidos los establecimientos comerciales ubicados en polígonos industriales o comerciales, parques empresariales o zonas similares.

La superficie útil de exposición y venta al público del establecimiento objeto de la subvención no podrá superar 600 m².

Objeto.

Implantación de comercio electrónico; implantación de sistemas integrales relacionados con cualquier ámbito de gestión de la pyme comercial, mejora de la imagen digital

Actuaciones subvencionables.

Serán subvencionables las actuaciones que permitan a los comercios lograr una mayor capacidad de gestión, conectividad, integración, visibilidad o interoperabilidad y que se materialicen en los conceptos que se relacionan a continuación:

1. Implantación de comercio electrónico. Se subvencionará la creación de páginas web con venta on line, así como la optimización de páginas web existentes, cuyo contenido verse exclusivamente sobre la actividad comercial desarrollada en el Principado de Asturias y siempre que se ajusten a las especificaciones que se señalan a continuación.

Especificaciones:

  • El dominio donde se aloje el comercio electrónico deberá estar registrado a nombre de la empresa solicitante.
  • Deberá tener el protocolo de transferencia de datos https.
  • Deberá estar basada en un gestor de contenidos que permita al comercio la carga, modificación y gestión de los distintos contenidos sin necesidad de conocimientos técnicos específicos sobre desarrollo web.
  • Deberá estar sincronizada con los sistemas de gestión del establecimiento comercial
  • Deberá tener instalado y configurado Google Analytics.
  • Deberá contar con un diseño responsive que permita su correcta visualización en dispositivos móviles.
  • Deberá disponer de página de política de privacidad de acuerdo con la legislación vigente
  • Deberá cumplir con los requisitos mínimos de accesibilidad web conforme se definen en las especificaciones de nivel AA de la norma WCAG 2.1 del W3C (pueden consultarse en la página Web https://www.w3c.es/estandares/).
  • Deberá disponer de información detallada de localización y contacto
  • Deberá disponer de fotos e imagen de calidad profesional.
  • Deberá disponer para la venta on line de un mínimo del 30% de las referencias con las que se cuenta en la tienda física.

2. Mejora de la imagen digital: Será subvencionable la creación de contenidos audiovisuales de promoción del comercio y sus productos.

Gastos subvencionables

1. Serán subvencionables las inversiones realizadas en los siguientes conceptos:

A) Implantación de comercio electrónico.

  • Costes de desarrollo e implantación de la nueva página web con venta on line, así como costes de optimización de la web ya existente.
  • Costes de alta y mantenimiento durante el primer año del dominio y cuentas de correo asociadas al dominio.
  • Costes de alta y de contrato de alojamiento durante el primer año.
  • Costes de licenciamiento durante el primer año de productos de terceros que se hayan utilizado para la construcción de la tienda on-line
  • Costes de promoción y campañas de posicionamiento SEM de la nueva tienda on-line.

En la factura emitida en concepto de desarrollo e implantación páginas web con venta on line deberá constar el importe desglosado de cada uno de estos costes.

B) Implantación de sistemas integrados relacionados con cualquier ámbito de gestión de la pyme comercial

  • Costes de adquisición de licencias y/o de desarrollos informáticos.
  • Coste de la parametrización y puesta en marcha de las soluciones adquiridas.
  • Coste de alta, puesta en marcha y mantenimiento de la solución comercializada en modalidad SaaS (Software as a Service), abonado por parte del solicitante durante el primer año de la suscripción.

El suministrador del software deberá extender una declaración responsable descriptiva de las funcionalidades del mismo.

C) Mejora de la imagen digital: Coste de la contratación de servicios de profesionales del sector audiovisual destinados a la realización de fotografías y vídeos promocionales del comercio y sus productos en los canales online.

2. La cuantía de las inversiones mínimas requeridas y el tope máximo de la inversión subvencionable para cada uno de los conceptos subvencionables se detalla en el siguiente cuadro:

Concepto subvencionableInversión mínima requeridaInversión máxima subvencionable
Desarrollo e implantación de nueva páginas web con venta on line600 €4.000 €
Optimización de web ya existente600 €3.000 €
Implantación de sistemas integrados relacionados con cualquier ámbito de gestión de la pyme comercial600 €3.000 €
Mejora de la imagen digital600 €5 € por fotografía/1.000 € vídeo 2.000 € total

Gastos no subvencionables.

En ningún caso serán subvencionables:

  • Software de propósito general.
  • Cursos de formación.
  • Hardware e instalaciones de red.
  • El importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, así como cualquier otro tributo.
  • El importe de las facturas justificativas inferiores a 50 euros, IVA incluido.
  • Los gastos realizados por el propio beneficiario o concertados con personas o entidades vinculadas con el mismo

CUANTÍA:

50% de la inversión subvencionable

PLAZO PRESENTACIÓN:  HASTA EL 17 DE AGOSTO DE 2021


Fuente: BOPA núm. 116 de 17-vi-2021

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